Ayuda Adicional es un programa federal que ayuda a cubrir algunos costos de la cobertura de medicamentos recetados de Medicare. También, es conocido como el subsidio por bajos ingresos (LIS, por sus siglas en ingles) de la Parte D.  

Su elegibilidad para Ayuda Adicional

  1. Si recibe un ingreso mensual hasta $1,903 en 2024 ($2,575 para parejas) y sus bienes están por debajo de los limites especificados, es posible que sea elegible para Ayuda Adicional (revise el grafico de los límites de ingreso y bienes de Ayuda Adicional). Estos límites incluyen una deducción de $20 que la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) automáticamente deduce de su ingreso de jubilación.

Aún si su ingreso y bienes están por arriba de los límites, puede ser elegible para Ayuda Adicional a causa de la deducción de $20 y ya que ciertos tipos de ingresos y bienes no cuenten.

  • Si está inscrita en Medicaid, el programa de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en ingles), o uno de los Programas de Ahorros de Medicare (MSP, por sus siglas en ingles), usted automáticamente recibirá Ayuda Adicional sin importar que usted sea elegible para el programa. Debe de recibir una notificación de color morado de los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS, por sus siglas en inglés) informándole que usted no tiene que solicitar al programa Ayuda Adicional.

Los beneficios de Ayuda Adicional

El programa de Ayuda Adicional ofrece los siguientes beneficios:

  • Le pagaría el costo de la prima de un plan de la Parte D hasta una cantidad determinada por su estado.
  • Le ayudaría a rebajar el costo de sus medicamentos recetados
  • Le daría un período especial de inscripción una vez cada trimestre calendario en los primeros 9 meses del año para inscribirse en un plan de la Parte D o cambiarse entre planes (no podrá usar el período de inscripción especial durante el cuarto trimestre del año, octubre a diciembre. Durante este período, debería usar el período de inscripción del otoño para iniciar cambios a su cobertura de medicamentos).
  • Elimina los penales que tenga a causa de inscribirse tarde en un plan de la Parte D.

Dependiendo de sus ingresos y bienes, puede ser elegible para Ayuda Adicional. Para recibir la ayuda, sus medicinas recetadas deben estar incluidas en la lista de medicamentos cubiertos por su plan, y debe de usar las farmacias dentro de la red de su plan.

Recuerde, Ayuda Adicional no reemplaza la Parte D y no provee cobertura de medicamentos por si sólo: Tiene que estar inscrita en un plan de la Parte D para recibir cobertura de medicamentos a través de Medicare y la asistencia de Ayuda Adicional. Si usted no toma acción y escoge un plan, en la mayoría de los casos, será automáticamente inscrita en un plan de la Parte D.

Evalué Ayuda Adicional cuando tiene otra cobertura de medicamentos

Si usted es elegible para Ayuda Adicional y tiene otro tipo de cobertura de medicamentos que es igual de comprensivo como un plan de la Parte D, evalué sus costos y cobertura antes de inscribirse en un plan de la Parte D y Ayuda Adicional. Comuníquese con su empleador o sindicato y pregunte si se puede inscribir en un plan de la Parte D sin perder sus beneficios de jubilación. Si decide salirse de su cobertura de medicamentos, pregunte como esto le afectará a su acceso a otros beneficios de jubilación de cobertura médica. Si usted no puede tener beneficios de jubilación junto con un plan de la Parte D, o si no es económicamente eficaz mantener dos tipos de cobertura, evalué cuidadosamente el efecto de inscribirse en un plan de la Parte D especialmente si sus beneficios le proveen cobertura a su familia. Si en algún momento pierde la cobertura de jubilación, tendrá un período de inscripción especial (SEP, por sus siglas en inglés) que durará dos meses para que se inscriba en un plan de la Parte D.

Finalmente, las personas inscritas en el programa de Medicaid que tienen otros tipos de cobertura a través de un empleador, sindicato o a través de un plan de jubilación pueden rechazar Ayuda Adicional. Comuníquese con su oficina local de Medicaid para aprender más sobre cómo puede rechazar un plan de la Parte D sin que pierda su cobertura de Medicaid. Si después decide en un plan de la Parte D, se podrá inscribir en cual quiere momento sin multa si permanece inscrita en Medicaid o si es elegible para Ayuda Adicional.